- Para las personas físicas (IRPF): la deducción para los 150€ primeros de donación es del 80%. Y el resto de donaciones a partir de 150€ tendrán una deducción del 35% o incluso del 40% cuando en el ejercicio actual y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma cantidad. ¡OJO! En algunas comunidades con régimen fiscal particular estos porcentajes cambian.
- Para las personas jurídicas (IS): la deducción será del 35% y del 40% cuando en el ejercicio actual y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma cantidad.