El 25 de Noviembre es el Día Internacional de la Eliminación de las Violencias contra las Mujeres, fecha en la que se informa y sensibiliza sobre la violencia que sufren las mujeres por el simple hecho de serlo. La lista de abusos y atropellos es grande. Y no solo eso, nacer mujer trae consigo desigualdades y un riesgo mayor de sufrir pobreza y vulnerabilidad.
La crisis provocada por la pandemia de la Covid también está afectando más a las mujeres. La violencia contra mujeres y niñas ha aumentado en todo el mundo. También los embarazos no deseados y los abusos sexuales. El avance de la pandemia, la vuelta a confinamientos domiciliarios, y las insuficientes medidas adoptadas para mitigar las desigualdades y prevenir las violencias, amenazan con mermar aún más el bienestar de las mujeres.
Por ejemplo, desde el inicio de la cuarentena, el Ministerio de la Mujer de Perú ha reportado 1.420 casos de violación sexual, de los cuales 1.032 fueron contra niñas, niños y adolescentes (72,7%); y en Cuzco hubo un incremento del 250% de denuncias en comparación con el año pasado. Otra situación, tal vez menos conocida: menos del 20% de los propietarios de tierras en todo el mundo son mujeres y las viudas a consecuencia de la COVID-19 corren el riesgo de ser desheredadas por no tener el derecho de propiedad de sus tierras.
Estas situaciones significan que las mujeres tienen menos posibilidades de recuperación y de participar en la construcción de propuestas que les permitan salir fortalecidas de esta crisis. La violencia estructural preexistente se agudiza y, por tanto, atenta aún más contra los derechos fundamentales contenidos en pactos internacionales y constituciones nacionales.
Las diferentes formas de violencia contra las mujeres requieren una mirada amplia, además de una respuesta del Estado –que está obligado a ello por diversas legislaciones nacionales e internacionales–. En este sentido, es fundamental que se reconozcan tres cuestiones clave:
➔ Titularidad del derecho: Los derechos de las mujeres que enfrentan cualquier tipo de violencia machista son derechos subjetivos que deben ser garantizados por los Estados. Además de la obligación del Estado de gestionar o arbitrar la detención, la atención, la protección, la justicia y la reparación con medidas adecuadas y suficientes; tal como está recogido en los marcos nacionales e internacionales de obligado cumplimiento.
➔ Prioridad: En términos de recursos y en términos financieros, de profesionalización de los servicios, de rendición de cuentas y también en términos de prevención.
➔ No discriminación: El Estado debe visibilizar y eliminar obstáculos añadidos que enfrentan determinadas mujeres: migrantes –especialmente en situación administrativa irregular–, refugiadas, desempleadas, en situación de pobreza o exclusión social, niñas, mujeres mayores y aquellas con circunstancias añadidas como puede ser la discapacidad.
Las mujeres en todo el mundo nos queremos diversas, libres, rebeldes, seguras y vivas para asegurar nuestros derechos y transformar la realidad. Seguiremos trabajando día a día para erradicar todas estas injusticias. Desde Enraíza Derechos nos sumamos al minuto de silencio que se celebrará a las 12 del mediodía y a la petición al Gobierno para que aplique de forma inmediata el Convenio de Estambul (2011) sobre prevención, asistencia integral a las víctimas y lucha contra todos los tipos de violencia contra las mujeres -sean de carácter sexual, laboral, institucional, económico, acoso sexual u otras violencias.